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CNE aprueba solicitud del 20% para recolección de firmas y otros lineamientos

El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón sostuvo este miércoles que el ente aprobó el informe que remitió la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi) sobre el escrito de participación de la MUD, así como otros lineamientos para la recepción del 20% de las firmas del Registro Electoral como próximo paso para activar el Referendo Revocatorio contra Nicolás Maduro.
El rector principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Emilio Rondón sostuvo este miércoles que el ente aprobó el informe que remitió la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi) sobre el escrito de participación de la MUD, así como otros lineamientos para la recepción del 20% de las firmas del Registro Electoral como próximo paso para activar el Referendo Revocatorio contra Nicolás Maduro.


La información la dio a conocer Rondón a través de varios mensajes en su cuenta en la red social Twitter.



La respuesta la emite la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi) del Consejo Nacional Electoral (CNE) el día de hoy cuando el lapso vencía el pasado viernes de acuerdo con lo declarado por el representante de la Unidad ante el organismo, Vicente Bello.


Oficina receptora del CNE causó el retraso

El pasado 2 de agosto, la Unidad entregó a la oficina receptora del CNE la solicitud para que el ente electoral convocara la etapa en la cual el 20 por ciento del electorado – aproximadamente cuatro millones de venezolanos – deberá manifestar su voluntad o aceptación de que se realice el referendo.


La solicitud también incluyó que esa etapa se cumpliera entre el 23 y 25 de agosto y que, para su realización, se activara la misma estructura electoral utilizada para el 6 de diciembre – 40 mil máquinas distribuidas en 14.500 centros de votación -.

La oficina receptora del CNE tardó dos días en entregar la solicitud de la Unidad a la Copafi, a pesar de que están separadas solo por un piso. Por ello, el lapso de 15 días continuos, que se venció este viernes, se comenzó a contar a partir del 4 de agosto.

Antes, el 28 de junio, al culminar la validación, efectuada entre el 20 y 24 de junio, de las firmas consignadas para cumplir con los requisitos de la primera etapa del referendo, la Unidad entregó al CNE una comunicación en la que también solicitó que se activara la segunda etapa.

CNE aprobó “otros lineamientos”

A través de una nota de prensa el ente electoral informó que las rectoras y el rector decidieron también remitir a la Junta Nacional Electoral los lineamientos para la organización de la recolección y la elaboración del cronograma de actividades respectivo, en el que se fije que la recepción de manifestaciones de voluntad se realizará en la última semana de octubre próximo, tal como se informó el país el pasado 09 de agosto.

Las autoridades electorales se reunieron en sesión este miércoles para considerar el informe de recomendaciones remitido al CNE el pasado lunes, por la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi). Todo ello de acuerdo con el cronograma de esta primera fase, presentado al país por la presidenta Tibisay Lucena hace dos semanas, elaborado en función de los lapsos establecidos en las Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular.

Una vez instruida, la Junta Nacional Electoral tendrá hasta el 13 de septiembre para elaborar el cronograma así como las propuestas de centros de recepción que serían activados. Durante las próximas tres semanas, los técnicos de la Junta Nacional Electoral cumplirán una serie de tareas, incluidas en los lineamientos emanados del CNE.

Entre ellos se estableció, en cumplimiento del artículo 27 de las normas, que el corte del Registro Electoral que será utilizado para esta recolección será el correspondiente al 30 de abril de este año, que alcanza a 19 millones 567 mil 013 electoras y electoras. Las rectoras y el rector acordaron que se establezcan los tiempos necesarios para la acreditación de testigos, que se establezcan las auditorías requeridas para garantizar la transparencia y seguridad de este evento, y que se garantice la factibilidad de la transmisión diaria de los datos de los centros de recolección de manifestaciones de voluntad que sean activados.
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