Asignaciones de los Docentes de Cultura

1.- El docente con función en cultura que posean
Credencial de Cultura, no pueden SER ASIGNADOS a cumplir otras funciones diferentes a las establecidas según la credencial emanada por el MPPE dado el carácter estratégico que éstos representan dentro del proceso de construcción curricular como base del forjamiento de la nueva ciudadanía. En el caso de un docente sin credencial de cultura y en ejercicio de esta función, la Zona Educativa a través de la División de Cultura, verificará su desenvolvimiento en el área cultural con las y los estudiantes, para determinar su continuidad como Docente con función en cultura.

2.- El docente con función en cultura no sustituirá la ausencia de otro Maestro en la Institución y dejar su matrícula desatendida ya que el mismo deberá regirse por su horario asignado. Sin embargo, en situaciones adversas o imprevistas el o la docente con función en cultura deberá sumarse al plan de contingencia que sugiera el Directivo en aras de cubrir los posibles espacios. Por otra parte, si en la institución existe la necesidad de servicio para ubicar un Maestro Integral como Docente con función en cultura, el Directivo deberá presentar ante la División de Cultura la propuesta que lo acredita para tal designación, en consecuencia se procederá a realizar la evaluación.



3.- Para la mejor gestión en la Institución, los horarios de clase, los apoyos, guardias y comisiones de trabajo de la maestra y docente con función en cultura deben realizarse en consenso con la dirección del plantel y el colectivo de docentes de la Institución.


6.- El docente con función en cultura dejará suplente en los siguientes casos: permisos personales, permisos médicos menores a 7 días, o actividades no organizadas por MPPE, dejando la planificación para que sea ejecutada por el suplente. Para representar a la Institución, Municipio y/o ZE en actividades culturales, jornadas de formación, otros, planificadas por el MPPE, el Maestro (a) de Cultura sale y no dejará suplente, presentando su debida constancia firmada y sellada por la dependencia correspondiente.
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