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TABULADOR DE CLASIFICACIÓN Y MANUAL DE FUNCIONES DE LOS CARGOS DEL PERSONAL OBRERO

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Los obreros que prestan servicio en la Administración Pública Nacional han sido clasificados según las exigencias de cada cargo, entendiéndose como obrero, aquel trabajador cuya labor predomina el esfuerzo manual o material. 

OBRERO NO CALIFICADO – OBRERO GENERAL 

Pertenecen a esta categoría, todos aquellos trabajadores de la educación que se desempeñen indistintamente en las áreas ocupacionales obreras definidas, con un conocimiento básico para la realización eficiente de tareas repetitivas y rutinarias. 

OBRERO CALIFICADO – OBRE RO CERTIFICADO 

Son todos aquellos trabajadores de la educación, que requieren formación especial en el área, que se desempeñen indistintamente en las áreas ocupacionales obreras definidas con conocimientos y experiencia para la realización eficiente de tareas de diversos grados de complejidad a través de medios manuales y automatizados. 

OBRERO SUPERVISOR 

Pertenecen a esta categoría, todos aquellos trabajadores de la educación que se desempeñen indistintamente en las áreas ocupacionales obreras definidas y cuyas responsabilidades implican primordialmente la programación y control del trabajo de otros obreros o el resguardo y seguridad de bienes. 

OBRERO DE SEGURIDAD: 

Pertenecen a esta categoría todos aquellos trabajadores de la educación que se desempeñen indistintamente en las áreas ocupacionales obreras definidas y cuyas responsabilidades implican primordialmente el resguardo y seguridad de las instalaciones físicas, bienes muebles, así como también garantizar la integridad del personal de la institución. 

OBRERO AGROPECUARIO 

Pertenecen a esta categoría todos aquellos trabajadores de la educación, que poseen conocimientos, habilidades y destrezas en el manejo integral de las unidades de producción agrícolas y pecuarias, el cual participa activamente en el desarrollo de los proyectos socio-productivos de las Escuelas Técnicas Agropecuarias durante todo el año. Es entendido, que estos trabajadores cumplirán jornadas laborales especiales, períodos vacacionales y días de asueto con régimen de rotación de guardias.

1. CARGOS OBREROS GENERALES

OBRERO GENERAL I (NO CALIFICADO) GRADO 1 8031N

  1. OBRERO GENERAL I . CARGO 8031N: ASEADOR I. GRADO: 1

OBRERO GENERAL II (NO CALIFICADO) GRADO 2  8032N

  1. OBRERO GENERAL III CARGO 8032N: ASEADOR III GRADO 3


2.- CARGOS OBREROS CERTIFICADOS



3.- CARGOS OBREROS SUPERVISORES


 

4.- CARGOS OBREROS DE SEGURIDAD


 5.- CARGOS OBREROS AGROPECUARIOS

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